Tenida la razón mínima de la reserva en País A fue fija en 0,2, es decir, si el banco había sido requerido tener $0,20 en su cámara para cada $1 en el depósito en una cuenta bancaria, entonces el banco podría presta un adicional $533, y entonces mitad de esta cantidad sería depositada en la cuenta bancaria y vuelto a la cámara del banco.
La razón de reserv sería 0,2 = $1.333/$6.667
Por otro lado, tenida la razón mínima de la reserva en País A fue fija en 0,5, entonces el banco habría debedo reducir el alcance de los préstamos ya otorgó al público. Los préstamos totales al público pueden la cantidad a sólo $2.666.
Esta situación es mostrada en la ilustración siguiente.